CONTACTE CON NOSOTROS PARA SABER SI PUEDE RECLAMAR POR LA COMPRA DE SU COCHE

Si compraste un coche entre 2006 y 2013 puedes recuperar entre el 10 y el 15% del precio que pagaste por él. Ponte en contacto con nosotros y te decimos cómo hacerlo con la asistencia de un abogado especialista en consumo.

¿Qué es el cártel de coches?

El Tribunal Supremo está ratificando las multas que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a  34 marcas de coches por haber creado un cártel. Estas 34 marcas de coches fueron acusadas de haber intercambiado información confidencial para controlar el mercado de la distribución y venta, lo que iba en contra de la competencia y de los consumidores, ya que los fabricantes implicados suponen un 90% de la cuota del mercado del motor.

¿Quiénes pueden reclamar por el cártel de coches?

Pueden reclamar indemnización todas aquellas personas que adquirieron un vehículo (compra, leasing o renting) entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que conforman el cártel de los coches. Afecta a particulares, autónomos y empresas.

Si compraste un coche de una de las 34 marcas en estas fechas eres un afectado por el cártel y puedes reclamar la indemnización correspondiente aunque lo hayas vendido posteriormente.

¿Que marcas forman el cártel de coches?

Los fabricantes afectados son los siguientes:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

¿Cuáles son las indemnizaciones por el cártel de coches?

Aunque el sobrecoste depende del vehículo y el modelo comprado, se estima que las indemnizaciones pueden alcanzar entre un 10% y un 15% del precio del vehículo adquirido.

¿ Cómo es el proceso de reclamación por el cártel de coches y cuánto tiempo lleva?

Nos encargamos de todo el proceso que se inicia con un intento de acuerdo previo a la vía judicial. En caso de no ser posible alcanzar acuerdo, se reclama el sobrecoste sufrido por cada comprador, cuyo resarcimiento se reclama en demanda judicial en la que se acompaña un indispensable informe pericial, que cuantificará el sobrecoste sufrido y por tanto la indemnización a reclamar.

El plazo de prescripción es de un año, que comenzó a contar desde la sentencia del Tribunal Supremo. Este plazo puede ser interrumpido, así que el tiempo para iniciar la reclamación es muy importante. La recomendación es que se ponga en contacto con nosotros lo antes posible.

Documentación necesaria

Para iniciar la reclamación y pedir la indemnización que le corresponde debe de aportarnos la siguiente documentación:

  • Contrato de adquisición del vehículo con el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta)
  • Factura de adquisición del vehículo (si se compró) o justificante de pago (transferencia bancaria) o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
  • Ficha técnica del vehículo o Permiso de circulación del vehículo.

Si eres una de las personas afectadas por el cártel, ponte en contacto con nosotros lo antes posible.

¿COMPRÓ UN COCHE ENTRE EL AÑO 2006 Y 2013?

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RECLAMACIÓN POR EL CÁRTEL DE COCHES

Si compró un vehículo entre el año 2006 al 2013 consúltenos. Le asesoramos y obtenemos su indemnización en el menor tiempo posible.

COMENCEMOS

Si ha llegado aquí es que probablemente pueda ser un afectado por el cártel de coches. Puede cumplimentar los datos del formulario.

Esto no supone ningún compromiso para usted. El abogado del despacho le contestará personalmente en el plazo máximo de 48 horas desde la recepción de la solicitud.

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